
Hay que tener en cuenta que no todas las personas físicas que hayan recibido rentas están obligadas a presentar declaración de IRPF. En el caso del IRPF 2021, en general no existe obligación de declarar si los ingresos proceden de las siguientes fuentes:
- Son rendimientos íntegros del trabajo por importe inferior a 14.000 euros anuales.
- Son rendimientos íntegros del trabajo de entre 14.000 y 22.000 euros procedentes de dos o más pagadores, siempre que los que procedan del principal pagador supere los 20.500 euros. Y estén sometidas a retención en origen.
- Sus únicos rendimientos del trabajo consistan en prestaciones de pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones de clases pasivas, sometidas a retención en origen.
- Las personas que obtengan ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de menos de 1.600 euros al año.
- Aquellos que hayan percibido menos de 1.000 euros brutos en 2021 de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
- Son pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos percibidas en virtud de decisión judicial.
Es importante que tengas en cuenta:
- que puede no existir obligación de presentar declaración incluso si su resultado fuera a pagar.
- que puede no existir obligación de presentar declaración, pero convenga hacerlo porque su resultado sea a devolver.