Desde el 1 de enero de 2023 entran en funcionamiento restricciones de tráfico permanentes en base al distintivo ambiental de los vehículos. Por eso conviene saber cuál es la etiqueta ambiental que corresponde a nuestro vehículo y conocer las zonas de bajas emisiones de nuestro entorno próximo.
Aunque ya conviven con nosotros desde hace casi 6 años, no todos estamos familiarizados ni conocemos al detalle lo que significan los distintivos ambientales de la DGT y el impacto que pueden suponer en la utilización de nuestros vehículos. En este 2023 se van a poner en funcionamiento, como mínimo en los 149 municipios españoles de más de 50.000 habitantes, Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que utilizarán el distintivo ambiental de la DGT como elemento discriminador para poder acceder a las mismas.
Categorías de impacto ambiental
Los distintivos ambientales de los vehículos se crearon hace casi 6 años para visualizar la clasificación de los vehículos en función de su potencial contaminante. Se establecen 4 categorías de impacto ambiental para los vehículos considerados más eficientes, ordenados de mayor a menor grado de eficiencia:
- Etiqueta 0 emisiones, Azul: Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
- Etiqueta Eco: Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
- Etiqueta C, Verde: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- Etiqueta B, Amarilla: Vehículos de combustión interna que, si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
Estas 4 categorías abarcan actualmente a aproximadamente el 50% del parque de vehículos de España. El resto de los vehículos, el 50% más contaminante, queda por exclusión encuadrado en un quinto escalón inferior, al que correspondería una etiqueta A que no se facilita, y que no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio.
Puesto que las etiquetas ambientales se empezaron a distribuir en 2016, muchos vehículos que tienen derecho a distintivo no disponen de él, singularmente de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Si tu vehículo tiene derecho a una pegatina ambiental y no dispone de ella, puedes verte afectado por las ZBE por las que vayas a circular.
Puedes consultar sin coste el distintivo ambiental que corresponde a tu vehículo en este enlace de la DGT.
También puedes saber más sobre los distintivos ambientales y como obtenerlos en este enlace: Distintivos ambientales DGT.
Aquí tienes respuestas a algunas preguntas que te pueden surgir:
¿Me pueden multar por no tener distintivo ambiental?
Actualmente no existe en el Reglamento de Circulación la obligación de portar distintivos ambientales ni por lo tanto régimen sancionador. Es lógico teniendo en cuenta que la mitad del parque de vehículos de España no tiene derecho a distintivo ambiental y no se les concede. En todo caso las posibles sanciones relativas a circulación sin distintivo ambiental por las ZBE corresponden a las Administraciones Locales en su ámbito de actuación.
¿Puedo circular con tu distintivo español en zonas restringidas de otros países?
No. Si vas a circular con tu vehículo a Alemania, Austria, Dinamarca, Francia u otro país con sistema de catalogación ambiental, debes informarte antes de ir sobre si es necesario obtener un distintivo en el país al que viajas, cómo hacerlo y de los criterios para poder circular.