¿Qué es el REBU?
El REBU (Régimen Especial de Bienes Usados) es un régimen de IVA diseñado para revendedores de bienes usados, como vehículos, obras de arte o antigüedades, que permite tributar únicamente por el margen de beneficio (y no por el valor total del vehículo).
- Ventaja: se paga menos IVA
- Desventaja: no se puede deducir el IVA de las compras ni de otros gastos relacionados
¿Quién puede aplicar el REBU?
- Empresarios o profesionales que revenden vehículos usados
- Que hayan adquirido el coche a:
- Particulares
- Empresarios/profesionales que no repercutieron IVA (por ejemplo, también aplicaron el REBU)
- Entidades exentas de IVA (administraciones públicas, ONGs, etc.)
Requisitos para aplicar el REBU
Para aplicar correctamente este régimen, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:
- El vehículo debe estar usado (ya matriculado y en circulación previa).
- La compra debe haberse hecho sin IVA deducible.
- El revendedor debe destinar el vehículo a su reventa.
- Debe llevarse un libro registro específico del REBU.
¿Cómo comprar vehículos aplicando el REBU?
A. Si compras a un particular:
- Firma un contrato de compraventa
- Recoge copia del DNI del vendedor
- Paga el precio por transferencia o justificante
- NO se aplica IVA
- NO se paga ITP si actúas como revendedor habitual (art. 7.5 TRLITPAJD)
- Incluye una cláusula en el contrato que indique que el coche se destinará a la reventa bajo el REBU.
B. Si compras a otro revendedor que también aplica el REBU:
- Asegúrate de que la factura no tiene IVA desglosado
- Debe incluir la mención:
“Operación acogida al Régimen Especial de Bienes Usados. IVA incluido conforme al artículo 135 de la Ley del IVA.”
¿Cómo vender vehículos bajo el REBU?
- Emite una factura sin desglose de IVA
- Incluye la mención:
“Operación sujeta al Régimen Especial de Bienes Usados – Bienes de segunda mano. IVA incluido conforme al artículo 135 de la Ley 37/1992 del IVA.”
- El IVA lo ingresas tú directamente, aplicándolo al margen de beneficio.
Ejemplo:
Precio compra: 3.000 €
Precio venta: 4.000 €
Margen: 1.000 €
IVA incluido en el margen:
Base: 826,45 €
IVA: 173,55 € (que ingresarás en el modelo 303)
Obligaciones contables y fiscales
- Libro Registro REBU (obligatorio)
Debes llevar un libro donde anotar:
- Fecha de adquisición y de venta
- Identificación del vendedor y del comprador
- Datos del vehículo
- Precio de compra y venta
- Margen
- IVA incluido
- Modelo 303 (trimestral) Declararás el IVA solo sobre el margen.
- El IVA no se puede compensar con el de otras facturas (no hay IVA soportado deducible)
- Modelo 390 (anual) Reflejarás el resumen anual del IVA, incluyendo operaciones en REBU
Recomendaciones prácticas
Asegúrate de documentar correctamente todas las compras.
No compres vehículos con IVA si quieres aplicar REBU (no sería posible).
No apliques el REBU si vendes a empresas que quieran deducirse el IVA.
Revisa bien cada operación: no todas son aptas para el REBU.
Guarda todos los justificantes de pago, contratos y copias de DNI.
Ventajas del REBU
- Tributación solo sobre el beneficio real
- Precios más competitivos para el cliente
- Sencillez documental para la venta
Inconvenientes del REBU
- No puedes deducir el IVA de compras, reparaciones, ni otros gastos
- No apto si compras con factura con IVA
- No es atractivo para compradores empresarios (no podrán deducir el IVA)
Modelo de cláusula para contratos de compra a particulares
«El comprador manifiesta que adquiere el vehículo en su condición de revendedor habitual de bienes usados y que destinará el mismo a su reventa, aplicando el Régimen Especial de Bienes Usados conforme a lo dispuesto en los artículos 135 y siguientes de la Ley 37/1992 del IVA.»