Reducción de los límites de velocidad en vías urbanas

El pasado 11 mayo de 2021 entró en vigor la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación que introduce una reducción generalizada de los límites de velocidad en vías urbanas. Lo más significativo es que se reduce a 30 km/h la velocidad en vías urbanas en calles de un único carril por sentido. El objetivo principal de esta medida es la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano. El vehículo a motor ya no es el protagonista y ha dado paso a un uso compartido de la vía, donde motocicletas, bicicletas, bicicletas con pedaleo asistido, vehículos de movilidad personal y peatones cobran cada día más importancia. También se persigue reducir el nivel de ruido, la contaminación y favorecer una convivencia segura entre todos.

España se convierte en país pionero en aplicar a nivel nacional esta reducción de velocidad en el tráfico rodado urbano. Una medida que muchas ciudades en Europa y en el resto del mundo ya están aplicando de acuerdo con las recomendaciones de la Unión Europea y de la Organización Mundial de la Salud. En la VI Semana Mundial para la Seguridad Vial que se celebró del 17 al 23 mayo 2021, Naciones Unidas promovió precisamente las ciudades 30, bajo el lema:

Construyendo calles para la vida ,“Streets for Life #Love30”.

Para dar a conocer con mayor profundidad esta medida de reducción de los límites de velocidad en vías urbanas y sensibilizar sobre su aplicación la Dirección General de Tráfico ha creado la campaña de divulgación DGT – A 30 hay mas vida.

Esta modificación del artículo 50 es parte de un conjunto más amplio de disposiciones aprobado por el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, que modifican el Reglamento General de Circulación y ahora entran en vigor. El contenido íntegro de este real decreto se puede consultar en este enlace al Boletín Oficial del Estado.