Seguro obligatorio: La DGT reforzará el control sobre su cumplimiento

El Ministerio de Economía está preparando un proyecto de nuevo reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil para vehículos a motor, actualmente en fase de audiencia pública.

Su próxima entrada en vigor permitirá a la DGT reforzar la vigilancia sobre la obligación de tener seguro en los vehículos a motor. Actualmente la DGT solo puede saber si el vehículo está asegurado cuando Consorcio de Compensación de Seguros cede la información. Con la nueva norma la DGT tendrá acceso directo y abierto a este fichero. Además, abre el acceso también a los perjudicados en accidentes de tráfico. “La información contenida en el fichero gozará de presunción de veracidad […] y será accesible a quienes hubiesen sufrido accidentes de circulación, a los tomadores del seguro y a la DGT y demás autoridades competentes en materia de seguridad vial y de vigilancia de la obligación de aseguramiento”, dice el texto.

Todos los remolques deberán tener seguro obligatorio.

La nueva norma extiende la exigencia del seguro para cualquier remolque, de la que actualmente están excluidos los remolques de peso inferior a 750 kilos.

Seguro Obligatorio

Todo propietario de vehículos a motor en España está obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo del que sea titular, que cubra la responsabilidad civil derivada de la circulación tanto por los daños en las personas como en los bienes.
La obligación del propietario puede ser asumida alternativamente por otra persona con interés, como por ejemplo un conductor habitual o un arrendatario.
El incumplimiento de la obligación de tener seguro obligatorio supone:
a) La prohibición de circulación por territorio nacional.
b) El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario.
c) Una sanción entre 601 a 3.005 euros de multa.

Exclusiones

El seguro de suscripción obligatoria no cubre los daños y perjuicios ocasionados al conductor del vehículo causante del accidente, sea por las lesiones o por fallecimiento . Tampoco cubre los daños sufridos por el vehículo del asegurado, ni por las cosas en él transportadas.
Los daños personales y materiales debidos a un accidente con un vehículo robado no están cubiertas por el seguro obligatorio. Cuando un vehículo es robado y causa un accidente, el Consorcio de Compensación de Seguros es responsable de pagar la compensación a las personas afectadas.

Otras coberturas de contratación voluntaria

Puesto que el seguro obligatorio solo cubre la responsabilidad civil del conductor o propietario del vehículo por los daños ocasionados en las personas o los bienes y, en consecuencia, no cubre los daños del propio conductor ni del vehículo, es aconsejable complementar el seguro obligatorio con el voluntario en sus distintas modalidades, entre otras, sucintamente podemos mencionar las siguientes:

  • Daños en el propio vehículo
  • Robo
  • Incendio
  • Lunas
  • Daños al conductor
  • Defensa jurídica